JURISDICCION — CONTIENDA DE COMPETENCIA —
JUICIO TERMINADO.
Sumario: 1° Es improcedente la cuestión de competencia Remevida ida con respecto a un juicio resuelto por sentencia 2 Las cuestiones referentes a la nulidad de una sentencia firme o a la improcedencia de su ejecución no pude ser resueltas en la forma establecida en el art.
de la ley N" 4055.
Juicio: Predassi Ricardo v. Colegio Nacional de Paraná, contia de competencia promovida por el Procurador Fiscal.
Caso: Resulta de las piezas siguientes:
DiCramEs DeL PrOCURADOR GENERAL Suprema Corte:
El señor Ricardo Predassi suministró algunos artículos de librería al Colegio Nacional de Paraná, y no habiendo obtenido su pago, inició demanda contra dicho colegio, ante un Juzgado de Paz de la misma ciudad, citando al efecto al rector. Era obvio que éste carecía de personería para estar en juicio representando a la Nación, aunque se tratara de deudas contraídas por dicho establecimiento (ley 3.367) y así lo hizo saber el rector al Juez desde la primern audiencia; pero no ha impedido que se dicte sentencia condenatoria con tra el colegio, y para cumplirla se decreta embargo de los fondos que el Tesoro Nacionnl dedica a gastos del referido establecimiento.
Es, pues, ajustada a derecho la presentación del señor Proenrador Fiscal de Paraná ante el Juzgado
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Año: 1937, CSJN Fallos: 179:216
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