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Fallos: 179:211 de la CSJN Argentina - Año: 1937

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, noviembre 17 de 1937.

Y Vistos: Los del recurso extraordinario interpuesto por Vicente Giroldi y Pascual Zanotti contra la sentencia definitiva del Juez de 1' Instancia de Rosario quien revocando la del Juez de Paz Letrado de la Cuarta Seeción de la misma Ciudad, anuló un remate y adjudicación de bien hipotecado en el juicio Banco Popular de Rosario contra Vicente Carnevale, porque el producto de la venta no alcanzó a cubrir el monto de la hipoteca (fs. 256 y 277 respectivamente); y Considerando:

Que en oportunidad legal, los compradores y reeurrentes, expresaron que el art, 878 del Código de Procedimientos de Santa Fe está en pugna en el art.

3196 del Código Civil y es, por lo tanto, contrario a la Constitución Nacional (art. 31 de la misma, fs. 270 y 271). Como el fallo recurrido declara válido el precepto santafecino, es indudable que procede el recurso —extraordinario, inc. ?" del art. 14 de la ley N" 48, y así se declara.

Que, en enanto al fondo del asunto, es asimismo justa Ia petición de los recurrentes, como lo advierte el señor Procurador General en su precedente dictamen. El Código Civil ha regulado la efectividad de la hipoteca y no ha supeditado la validez de ello a la circunstancia de que la ejecución diera un resultado inferior al monto del erádito que la origina; el art. 3196 que el Juez Letrado, los recurrentes y el señor Procurador citan, establece la extinción de la hipoteca por

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Año: 1937, CSJN Fallos: 179:211 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-179/pagina-211

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