señor Procurador General, y la doctrina sustentada por esta Corte en las causas invocadas, se confirma la sentencia de fs. 51 en cuanto ha podido ser materia de recurso. Notifíquese y devuélvanse los presentes: "Jesús María Jérez. — Jubilación Ferroviaria" Ronenro Reretto — AntTonIO Sacarxa — Luis LivaREs —
B. A. Nazar ANCHORENA.
JUBILACION DE EMPLEADOS NACIONALES — RETRO-
ACTIVIDAD.
Sumario: El régimen de la ley N° 11.923 es aplicable a partir de la promulgación de ella, como lo dispone su art. 5". En consecuencia, no puede invoear sus beneficios el empleado naciona] que dejó de pertenecer al personal administrativo durante la vigencia de la ley anterior (1).
Juicio: Olivera David v. la Nación, s. jubilación.
RECURSO DE APELACIÓN: IMPROCEDENCIA — SEN-
TENCIA DEFINITIVA.
Sumario: No teniendo carácter de sentencia definitiva el anto por el cual se decreta la nulidad de una regulación de honorarios, no procede el recurso de apelación deducido contra el mismo (').
Juicio: Dates y Hunt v. la Nación.
1) Fecha del fallo: septiembre 1 de 1937.
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Año: 1937, CSJN Fallos: 178:351
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