el Tribunal Superior de Honor para juzgar la conducta del señor General de brigada (R. A.) don Francisco Fasola Castaño, con motivo de la publicación de la carta abierta que corre agregada de fs. 3 a 28, de las que resulta:
Que el causante, sin concurrir al Tribunal, comienza por plantear dos cuestiones previas: recusa al Presidente de la Nación por no poder ser éste juez y parte en el asunto, desde que la carta abierta de mención le está dirigida, y recusa también al Vocal General de briguda don Nicolús C. Accame por unirle a él una amistad íntima; alega la incompetencia del Tribunal para juzgarlo y plantea cuestión de inconstitucionalidad del decreto reglamentario del art. 51 de la ley No. 9675.
Que el Tribunal ha desestimado las cuestiones previas enunciadas :
Que entrando a examinar el fondo del asunto ha declarado al General Fasola Castaño incurso en los hechos previstos en los ines. c), v), y w) del número 42 del reglamento de los tribunales de honor, "por dar informaciones inexactas con perjuicio de camaradas entre los cuales figura (página 6 del folleto) la influencia contraria a la disciplina que atribuye a los oficiales superiores penúltimo párrafo); la desconsideración que sufren páginas 7 y 8 del folleto) y el empleo del Ejército para fines políticos" (página 29).
Que los señores Presidentes del Tribunal y Vocai, General Cassinelli fundan su voto, además, en el hecho de que la causa del retiro del causante que invoca éste en su carta abierta (páginas 5 y 7 del folleto) "no concuerda con la que figura en el expediente en que solicitó su retiro", " Que, sobre la base de los hechos descriptos anterior
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Año: 1936, CSJN Fallos: 175:167
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