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Fallos: 173:136 de la CSJN Argentina - Año: 1935

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segunda parte), no procede en el caso el recurso de °habeas corpus" intentado, fundado exclusivamente en la circunstancia de haber transcurrido el plazo de tres días a que alude la primera parte de la citada disposición legal.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:

VISTA FISCAL
Señor Juez:

Atento lo que resulta de los oficios policiales precedentes estimo que U. S, no debe hacer lugar al recurso de "habeas corpus" interpuesto en estos autos por Bernardo Groisman.

Marzo 25 de 1935.

J. M. Gondra.


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Marzo 28 de 1935.

Autos y Vistos:

De conformidad fiscal y de acuerdo a lo informado por la Policia de la Capital. no ha lugar al recurso de "habeas corpus" interpuesto en favor de Bernardo Groisman y archivese, previa reposición del sellado.

Jantus.

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Año: 1935, CSJN Fallos: 173:136 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-173/pagina-136

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