Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 166:330 de la CSJN Argentina - Año: 1933

Anterior ... | Siguiente ...

en esa ciudad (informe de la Policía, fs. 20) y dicho Juez ha prevenido, como se ha visto, en la causa.

Lo expuesto es suficiente, en mi opinión, para dirimir la presente contienda en favor de la competencia de la justicia del crimen de Rosario, y así pido a V. E, se sirva resolverlo, Julián Paz.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 16 de 1932.

Autos y Vistos:

Los de contienda de competencia negativa trabada entre la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de la ciudad de Rosario de Santa Fe y el Juez de Instrucción y Correccional de la ciudad de Tucumán para conocer en el proceso por defraudación seguido contra Alejandro Santa Cruz Etchever; y Considerando :

De acuerdo con las razones expuestas en su precedente dictamen por el señor Procurador General que el Tribunal repro«luce, se declara la competencia, en el caso, de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de la ciudad de Rosario de Santa Fe, a quien, en consecuencia, se remitirán los autos, avisándose al señor Juez de Instrucción y Correccional de la ciudad de Tucumán en la forma de estilo.

Rosexto Repetto. — R. Guino LaVALLE. — ANTONIO SAGARNA. — Juán V. Pera. — Lois Le

NARES.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

69

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1933, CSJN Fallos: 166:330 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-166/pagina-330

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 166 en el número: 330 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos