Jubilaciones bancarias. (Véase Ley N 11.575).
Juicio político previo. — El Presidente de la República, depuesto por una revolución triunfante y que carece de la investidura inherente a su cargo por la renuncia que de éste efectuó ante las autoridades militares que representaban a, aquélla, puede ser juzgado por la justicia federal, sin necesidad del juicio político previo, que no tiene más finalidad que la determinada por el artículo 52 de la Constitución Nacional. Página 133, Juicio político previo. (Véase "competencia") .
Jurisdicción originaria de la Corte Suprema. — No corresponde a la jurisdicción originaria de la Corte Suprema, el conocimiento de las causas o negocios particulares de un Cónsul extranjero. (Tomos 12, pág. 437; 122, pág. 129:137 , pág. 23).
Página 5.
L Letras de Tesorería de la Provincia de Mendoza. (Vésse "Tnstrumento público").
Ley número 9688. Accidente del trabajo. (Véase indemnización).
Ley N" 4687. Artículo 128 de su Decreto Reglamentario. (Véase "Inconstitucionalidad"). Ley N" 3915 de la Provincia de Buenos Aires. (Su inconstitucionalidad). — Es inconstitucional la ley número 3915 de la Provincia de Buenos Aires, en un caso en que grava especialmente determinados inmuebles para cubrir el costo de una obra que no los beneficia de un modo especial. Página 319.
Ley N' 4167. (Colonisación). — Véase "Complimiento de contrato") Ley número 10.650. (Artículo 46). -— Procede acordar los heneficios instituídos por el artículo 46 de la ley 10.650 a Jos herederos del causante, en un caso en que, si bien aquél no formaba parte del personal ferroviario de una empresa, en
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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:471
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