Inconstitaciondidad. (La del art. 128 del Decreto Reglamentario de la ley 4687. — El artículo 128 del Decreto Reglamentario de la ley número 4687. en cuanto exige el depósito previo de la multa impuesta, como recaude necesario para ocurrir ante el Superior, no importa una restricción inconstitucional a la libre defensa en juicio. Página 363, Inconstitucionalidad de ley. (Ver ley N° 3915 de la Provincia de Buenos Aires).
Inconstitucionalidad de ley. (La de la Provincia de Mendozu NX" 854, arts. 10 y 11). — Los artículos 10 y 11 de la ley número 854 de la Provincia de Mendoza, sobre creación y sostenimiento de la Caja Obrera de Pensiones a la Vejez e Invalidez, vulneran los principios de igualdad y de uniformidad prescriptos por el artículo 16 de la Cónstitución Nacional (sea que se trate de la prima de un seguro, sea que se trate de un impuesto). S. C.,N.-Fallos: Tomo 157. página 359. Página 240.
Inconstitucionalidad de ley. ( Art. 3962 del Código Civil). — Si bien las provincias tienen la facultad constitucional de darse sus propias instituciones locales y por ende para legislar subre procedimientos, ello es sin perjuicio de las disposiciones reglamentarias que dicte el Congreso, cuando considere del caso prescribir formalidades especiales para el ejercicio de determinados derechos establecidos en los Códigos fumilamentales que le incumbe dictar. Así, tratándose de la adquisición de derechos o existencia de obligaciones civiles, el Código común ha creido de conveniencia pública. que la prescripción pueda oponerse en cualquier estado del juicio.
Artículo 3962). Página 376.
Inconstitucionatidad de ley. (Tupuesto municipal. de alumbrado, barrido y limpiesa). — La norma constitucional, según la cual, la igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas, no excluye la facultad de la Municipalidad para esta
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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:469
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