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Fallos: 161:449 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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pE JUSTICIA DE LA NACIÓN 4
YALIO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Agosto 17 de 1931.

Y Vistos:

Los venidos en apelación extraordinaria de sentencia de la Cámara Federal de Córdoba en los autos seguidos por la em presa del Ferrocarril Central Córdoba contra la Municipalidad de aquella ciudad, sobre interdicto de obra nueva; Y Considerando :

Que en ejercicio de facultades derivadas de una ordenanza nobre cercas y veredas, la Municipalidad ae la ciudad de Cárdoa procedió, previos los trámites correspondientes, a construir por cuenta del propietario, en reemplazo de los alambrados exir tentes, cercas de material en terrenos pertenecientes a la empresa del Ferrocarril Central Córdoba. la que promovió ante la justicia federal imterdicto de obra nueva, fundado en la ina icabilidad legal en el caso de la ordenanza referida, por cuanto el fe Trocarril nacional demandante está regido por la ley especial N" 2473 que excluye la aplicación de las leyes y ordenanzas locales y determina que cuestiones como la presente deben ser somctiTas a da resolución de la Dirección General de Ferrocarriles. , Que desestimada en primera y segunda instancia la acción Í posemria deducida, y concedido el recurso extraordinario Pera Poe esta Corte en razón de la validez acordada a la aplicación «e la ordenanza local sobre el de la ley especial invocada, procede, desde luego, la consideración de que la cuestión a reslver.

de acuerdo con tas condiciones en que se ha planteado el casí y arabado la litis, se limita a establecer si entre la ley y la ordenanza aludidas hay por algún concepto la discrepancia que se sefiala para sostener que la aplicación de la una está en UEM con determinzlas disposiciones de la otra.

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Año: 1931, CSJN Fallos: 161:449 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-161/pagina-449

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