quien se dirigía ya al Ingar del hecho. Agrega que mo tuvo intención de matar ni de herir a Maltman, reconociendo como de su propiedad la pistola que se le enseña, siendo la misma «ue compró el 13 del mes de agosto en la suma de treinta pesos a Bernardo Schnass con el propósito de ira tirar al blanco al dia siguiente a la costa del rio, A fs. 30 vta. el prevenido presta declaración ante el Juzgado ratificándose en su dicho anterior a excepción de la parte donde dice que "tomó con la mano izquierda el hrazo derecho de Maltman, etc., ete", hasta donde dice hiriéndole a éste, etc.. de biendo decir que se encontraba «entado al lado de la estufa conversando como lo dice en sin declaración y pidiéndole a Maltman que se quedara un momento más, poniéndose entonces el aecha= rante a descargar su pistola, no sabiendo cómo salió el tiro que fué completamente sin intención.
Quinto. Que a fs. 21 corre el informe médico del director del hospital donde consta que el herido Maltman falleció el 17 de Agosto a consecuencia de la herida de bata producida por el prevenido.
Que a fs. 32 se dicta el auto de prisión preventiva solicitan de el Ministerio Fiscal a fs. 33 vta. ampliación de la indagatoria.
la que se realiza a fs. 34.
A fs. 38 y A8 via. se sostienen carcos entre el prevenido y Nernardo Sehnass y entre el primero y Erwin Holt Tauriankt respectivamente, en los que no se llega a un acuerdo sobre ts manifestaciones anteriores, lo mismo como el que se realiza a fs. 39 via. entre el ¡evenido y Helen Hay, en todos los cuales Hudson no recuerda lo que ha dicho.
Y declarada la causa del fuero criminal a fs. 53 vta. se pasa en vista al Ministerio Fiscal para que produzca acusación. «quien se expide a fs. 55 solicitando ve le condene a doce años y medio «e prisión, sosteniendo la defensa a fs. 39 que debe aplicarse al
Compartir
54Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1931, CSJN Fallos: 161:301
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-161/pagina-301¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 161 en el número: 301 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
