CAUSA XI,
Contienda de competencia entre el Juez del Crímen de Son Juan y el Comandante en Gefe del Ejército del Interior, Sumario.— 1" El juzgamiento de los crimenes comunos cometidos por individuos particulares, que no tiehen grado militar ni pertenecen al ejército, aun cuando se enevantren desempeñando una comision militar, no corresponde al consejo de guerra, sinó 4 la justicia ordinaria provincial.
Aunque el delincuente sea militar, no habiéndose cometido el delito dentro de cuarto! mí en campamento, car bajo la jurisdicción ordinaria.
Cao; —En Diciembre de 1874, el Comandante en Gefo del Ejército del Interior, Genoral D. Julio Roca, nombró 4 D. Ignacio Sarmiento, vecino de San Juan, comandante de las fuerzas que pudiese reunir en el Departamento de Caucele para hostilizar al enemigo y proveor al Ejército Nacional de los elementos que pudiese necesitar.
De una indagatoria levantada en la Subdelegacion de Caucelo, resultó que el día % de Diciembre el Subdelegado 1. Timoles Salas iba al frento de los vecinos que había reunido con el objeto de cuidar el Departamento; que 1,
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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:61
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