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Fallos: 155:105 de la CSJN Argentina - Año: 1929

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imperio de la Constitución Nacional, deb hecho de la adqui-" sición y en virtud de uno de los poderes delegados en aquélla. (Véase el sumario del fallo publicado en la pág. 312 del tomo 154, fallo cuya doctrina es de todo punto aplicable al presente).

Cuso: Lo explican las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Mayo 15 de 1928, Suprema Corte:

Don Aurelio Cagnoli en representación del Frigorifico Armour de La Plata, demanda a la Provincia de Buenos Aires, sobre repetición de la suma de doscientos cuarenta mil cuatro cientos veintinueve pesos con diez centavos moneda nacional, pagada bajo protesta en concepto de impuesto al capital en giro por el año 1924 e intereses devengados a contar de la fecha de la demanda por considerar que tal impuesto no procede por estar dicho establecimiento dentro de la zona del Puerto de La Plita, tachando a la vez de inconstitucional la ley provincial que lo creó.

El representante de la provincia demandada niega los hechos en que se funda la Zitis, sosteniendo que no hay infracción a los artículos constitucionales invocados en la demanda, razón por la cual solicita su rechazo.

El Frigorífico Armour se encuentra ubicado dentro de los límites fijados al puerto mencionado, que es de propiedad de la Nación, por compra que hizo al gobierno de la Provincia de Buenos Aires, según convenio de Agosto 29 de 1904, después de llenados todos los requisitos legales exigidos para actos de estu naturaleza, ejerciendo desde entonces jurisdicción exclusiva en ese paraje.

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Año: 1929, CSJN Fallos: 155:105 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-155/pagina-105

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