lia Chopitca de Senillosa gentiva, por interdicto de Sumario » corresponde ala Corte Suprema sino a la Cámara Federal respectiva de acuerdo con lo que preseribe el la ley 4055, di Federal de la Capital y el « por haberse negado horto del segundo, no porque al oficio en trámite le falta sen requisitos formales, sino Por razones de jurisdicci Sc tome ésta como la potestad de que se hallan s dos los jueces para administrar ticia, o bien por el disA que se extiende el poder otorgado por e trataba del examen de testigos domiciliados en esta Capital y de la devolución del Exhorto original), Caso: Lo explican las piezas si
AUTO DEL JUEZ FEDERAL
hía Blanca, Junio 26 de 1928, Vistos y Considerando :
suna disposición legal ni razón valedera existe para que el señor Juez Federal Dr. Ferrer se haya quedado con
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Año: 1928, CSJN Fallos: 152:5
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