de repetir por vi aqu caso asciende ala suma de S m/n. 284.18. Agrega que la aplicado s quien ti iones de las empre ». Pide se la condene al pago tereses y costas bi A És. 47 y siguientes, el el rechazo con costas de la dema hizo el pago por error, tendida ilegitimid:
protesta algun:
inmoral o ¡líci poderado de la empresa solicita u que el actor mí de su pre1 reserva ni le cansa, mi la cau s que aunque las tarifas no + el pago voluntario consación natural, sin derecho a + dice, cosa juzgada en cual aprobación de + que quedaron aprobadas 1 erdo alos 3 y -H de la ley general E. del reglament s pertinentes de que en ctran res a los que se efect port M, y que reverificaron los pagos, r, y que no"los hiromo los respect le sentencia, llamándose cautos» se repuesto el papel del todo debe r sus tarifas tudiarse si las empresas pue1 infervención del gohierno. Después
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Año: 1928, CSJN Fallos: 150:6
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