Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 142:311 de la CSJN Argentina - Año: 1925

Anterior ... | Siguiente ...

Enrique Ruiz Guiñazú, don Manuel Moyano, don Pedro F. Agote, don Eduardo Maglione, don Ricardo Seeber y don Alfredo L. Palacios.

Todo lo cua! dispusieron y mandaron, ordenando se publicase y registrase en el libro correspondiente.


A. BErMEJO — J. FIGUEROA AL-
CORTA, — RAMÓN MÉNDEZ. — Roserro RerertO. — M. Lav

RENCENA.
E. M. Zarvalía, secretario, Acordada designando conjueces para las Cámaras Federales de Apelación de La Plata, Paraná, Córdoba y Rosario.

En Buenos Aires, a los veintidos días del mes de diciembre de 1924, reunidos en su Sala de Acuerdos, el Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don Antonio Bermejo y los Señores Ministros doctores dón José Figueroa A'corta, don Ramón Méndez, don Roberto Repetto y don Miguel Laurencena, con el objeto de formar para el año 1925 la lista de Conjueces para las Cámaras "Fédevalts217 AMO -—--——— de La Plata, Paraná, Córdoba y Rosario, a que se refiere el inciso 4", artículo 2. de la ley número 4162, se practicó la respectiva insaculación resultando designados:

Para la Cámara Federal de La Plata; los doctores don Enrique E. Rivarola, don Gregorio Lecot, don Vicente Anzoátegui, don Joaquín Carrillo, don José M. Gamas, don Manuel F. Escobar, don Antonio Llambí, don Mariano Castellanos, don Octavio R. Amadeo y don Jorge Maurice.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

59

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1925, CSJN Fallos: 142:311 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-142/pagina-311

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 142 en el número: 311 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos