SENTENCIA LL SENOR JUEZ FEPERAL
La Plata, Abril i° de :21 > vistos: este juicio seguido por el Fisco Nacional contra don Jose Volponi, sobre reivimlicación de dos fracciones de terra situadas en la Ensenada, con un total de diez y ocho hee tareas, cincuenta y ocho áreas, emorce cemiáress y setenta" y cinco decimetros, del que resulta :
Prmero: Que en 28 de noviembre de 1917 €! Procurador Fiscal de sección se presentó fundando la acción en los sigmientes hechos y consideraciones: a) Decreto del Ejecutivo Nacio 1al de 10 de julio de 1917 ordenando la iniciación del juicio:
t, Dominio privado y emineme que ha ejercido el Gobierno Provincial de Buenos Aires, realizando actos de propietario tales como haber hecho mensurar en 1802 y ejecutado otros actos que importaban afianzar el dominio fiscal: €) Ley de enero 11 de 1807 mediante la cual la Legislatura Provincial decaro imenajenables los terrenos de la isla, en cuyo caso no eran stisceptibles de pres:ripción: dí Ley nacional número 1430 y ley provincial de 1.5 de octubre de 1904 aprobitorias de la venta hecha por la Provincia de Buenos Aires al Gobierno de la Nación del Puerto de La Plata, el que formaba parte in terrante de aquelia, habiéndose establecido en el contrato "que +1 hecho de la cesión del Puerto no suponia el reconocimiento como de propiedad privada de los terrenos existentes en poder «e los particulares sin titwo legal y, por el contrario, la Provincia transfería a la Nación todos los privilegios, derechos y ac ciones para hacerlos valer en su oportunidad"; c) Funda si derecho en los artictlos 2445. 380. 3008, 4015. JOIÓ. 275.
2750, 2438 y 2430 del Código Civil y termina pidiendo se haga tugar a la demanda con costos y costas procesales, Scgunlo: Que corrido trasido de la demanda, ella se eomecta por don José Velponi, quién aduce para pedir st re
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Año: 1922, CSJN Fallos: 137:147
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