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Fallos: 134:90 de la CSJN Argentina - Año: 1921

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Don Enrieue de Anchorena y otros, contra la Provincia de Buenos Aires, sobre reivindivación, | Mu Sumario: Reccnocióos en términos explicitos por cl deman.

dado, 3 suficientemente comprobados, además, los hechos motivo ide la demanta, corresponde declarar la oblizs ción de la demandada, de devolver la fracción de tierra reclamada por el actor, a titulo acreditado de dueño, de que aquélla se posesiono y transfirió a tercer k Caso: La explica el siguiente:


FALLO DE TA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Máyo 4 de 19:1 , Y vistos estos atitos de los que resulta: :

Que don Julian FErers en representación de don Esrigue de Anchorena y de doña Lemor U de Anchoreza y stis hijos swenores, demanda a la Provincia de Buenos Aires por reivindicación de una fracción de carpo de la que se ha posesionado la demandada y transferido a un tercero que la ocupa a titulo precario, Como fundamento de dicha demanda se expoñe: que la fracción de campo de que se trata está situada en el partio Coronel Vidal sobre la margen izquierda del canal por el qu:

desagua la laguna "Mar Chiquita" en el Atlántico y que el tecreto de corcesión a favor de la señorita Elena M. Seyrat que le acuerda el permiso para establecer una explotación de ostras, dispone que dicha explotación ocupará "la superficie determinada por el poligano que forran quinientos metros de la costa maritima al rerte de la desembocadura de la laguna. cerrámlose con la perpendicalar trazada cesde la des.

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Año: 1921, CSJN Fallos: 134:90 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-134/pagina-90

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