firmacion de la sentencia. Dijo que el crimen de Peirano estaba plenamente probado; que merecia todo el rigor de la ley si los tribunales no escusaran todo lo posible, la pena de muerte; que la escepcion de la defensa era falsa y no era sino una segunda mentira sosliluida por Peirano á la primera que empleó en su relacion al juzgado de paz de San Pedro.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Ayres, Octubre 31 de 1872.
Vistos: por sus fundamentos, y de «cuerdo con lo espuesto y pedido por el Señor Procurador General, se confirma con costas el auto apelado de fojas cincuenta y siete," y devuélvanse.
SALvaDoR Mantis DEL CARRIL. — Francisco DeLGaDO. — Jos Bannos Pazos. —J. B. Go
ROSTIAGA. —d. DOMINGUEZ.
e ASA
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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:371
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