CAUSA XCVIII.
D. Federico Garrigós contra D. José Catoni, sobre cobro de alquileres y reparaciones.
Sumario.—10 La cláusula de un contrato de arriendo por la que se confiere al locador el derecho de aumentar el alquiler en caso de no pagarse este dentro de un término dado, no puede tener efecto alguno en el caso de haber el inquilino pagado el alquiler dentro del término.
20 Aun en el caso de mora por parte del inquilino, esa cláusula no importa la obligacion forzosa á éste de abonar el alquiler que fija el locador, sino la rescision del contrato no aceptándose por el inquilino el aumento, 30 La designacion dal importe del alquiler no puede ser librado á la voluntad de uno solo de los contratantes.
4° No debiendo suponerse la nulidad de los contratos, la interpretacion de ellos debe ser la que asegure su eficacia, sin repuguar á la ley.
5 La cláusula de devolver la cosa arrendada en el estado de su entrega, y de hacer ciertas reparaciones, no puede tener efecto general sinó al fin del contrato de arrendamiento.
Compartir
64Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1871, CSJN Fallos: 12:240
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-12/pagina-240¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 12 en el número: 240 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
