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Fallos: 12:123 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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CAUSA LXXXII.
La Municipalidad del losario de Santa-Fé, contra Il.

Bigaud, por daños y prejuicios.

Sumario —No espresándose agravios en el término de la ley, se declara desierta la apelacion á la primera rebeldia que acuse el apelado.

Caso—En unos autos seguidos en el Juzgado Federal de Santa Fe por la Municipalidad del Rosario contra ll.

Bigaud, no habiendo este espresado agravios en cl término legal, á solicitud del apoderado de la Municipalidad, se dictó este: Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 1 de 1872.

Amucrito de lo dispuesto en el artículo doscientos catorce de la ley de procedimientos, y estando vencido el término acor- dado para espresar agravios, declárase desierta la apelacion:

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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:123 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-12/pagina-123

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