za TALLOS DE LA CORTÉ SUPREMA
A NOTAS
a 3 Le ¡En 5 de Marzo de 1914, la Corte Suprema no hace lugar al recurso de hecho deducido por el procesado Manuel Alcaraz en el juicio criminal que se le sigue por himicidio, por existir pen— diente un recurso de revisación ante el Superior Tribunal de la provincia de Santa Fe, y no constar, por otra parte, que se haya interpuesto en su oportunidad para ante esta Corte el de apela ción que haya sido denegado.
En 19 del mismo mes y año no se hace lugar al recurso de queja deducido por José Contarini en autos con e! juez de paz de San Vicente, sobre sustracción de documentos, prevaricato y falsedad, contra sentencia de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires, por cuanto en su presentación ante la Corte, no llenó los requisitos exigidos por el art. 15 de la ley uúm.8.
En veintiseis del mismo, la Corte Suprema corfirmó la sentencia de la cámara federal de apelación de La Plata, la que, a su vez, confirmaba la del señor juez letrado de la Pampa Central, que impuso a Francisco Sdruccini la pena de diez años y seis meses de penitenciaria, por el delito de violación.
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Año: 1913, CSJN Fallos: 118:422
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