aviso, y ni aun cuando el reconocedor recibió la autorizacion indicada, fundándose en que, á haber estado lista para cargar, la operacion habria podido efectuarse en cuatro ó en cinco dias, siendo asi que habia transcurrido mas de un mes, desde la fecha en que el reconocedor fué nombrado hasta que terminó la carga.
6" Que los demandantes Carril sostuvieron que habia obligacion, por parte de los compradores, de mandar el reconocedor con el buque; que en los primero dias de Mayo pasaron aviso de estar la carne preparada, aviso que fué posteriormente repetido sin que obluvieran contestacion, hasta que se dirigieron por medio de su agente, el Sr.
Mercenaro, manifestándole, que habiendo en el Paraná un reconocedor que estaba recibiendo para otros señores, podian, si así les convenia, autorizar al mismo; siendo por consecuencia falso que la carne no estuviese preparada mucho antes de nombrarse el reconocedor; como era tambien falso que la operacion de cargar pudiera practicarse en 465 dias; repitiendo que la operacion no pudo principiar hasta el 11 de Junio 4 causa del mal tiempo.
7° Que la causa fué recibida á prueba sobre los siguientes puntos:
1° Qué causas retardaron la entrega, y si fueron debidas á los compradores ó 4 los vendedores? 20 En cuántos dias ha podido cargarse en el puerto del Paraná la cantidad de carne entregada á Pigrelti y Cervetti? 30 Cuántos dias hábiles para la carga transcurrieron desde el 28 de Mayc hasta el 1° de Julio del año ppdo.
8" Que las pruebas producidas corren de f. 26 á 65 y de f. 85 á 90, resultando de dicha prueba:
1° Por las declaraciones del reconocedor de frutos C.
Hugo Brown y del corrodor y lanchero D. Francisco
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:396
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