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Fallos: 109:470 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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el carácter de sentencia definitiva 4 los fines del recursos del artículo 3.9, inciso 4.9 de la ley 4055. Pág. 443. .

Arrendamiento de tierra fiscal.—Un arrendatario de tierra ME fiscal tiene el derecho de pedir la entrega de los terrenos arrendados y la suspensión del pago de las cuotas en que . sc divide el precio de la locación, mientras el gobierno nacional no le haya puesto en condiciones de usar y gozar de la cosa. - . e. ° ".

Si se ha transferido áun tercero, el dominio de la cosa .

. arrendada, 4 condición de respetar el arriendo, éste queda subsistente, durante el tiempo convenido, y los derechos . .

que el contrato haya conferido al locatario, deben ejercerse contra el dueño actual de la cosa. Página 283.

. B' o Banco Hipotecario Nacional.-—Véase «Escrituración de inmue ble vendido por el Banco Hipotecario Nacional», . , c . , .—_ Caso judicial.—Una petición fiscal para que valiéndose de la , fuerza pública, si llegara á ser necesaria, s2 haga desalojar dá los ocupantes de un terreno y se ponga en posesión del —.

mismo á otra persona, sin dar audiencia á aquellos en forma alguna, ni fórmalizar controversia judicial relativamente á la legalidad de la ocupación, no importa la micia ción de una causa, asunto 6 caso contencioso, en el sentido.

del artículo 100 de la Constitución, y artículo 2.9 de la .

ley número 27, de 16 de octubre de 1862 que pueda motivar una decisión judicial. Página 106. .

Competencia.—Véase «Jurisdicción». . .

Compra de tierra pública—A los términos del decreto regla- mentario de la ley número 3053, sobre ventas de tierras

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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:470 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-109/pagina-470

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