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Fallos: 109:427 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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términos del decreto reglamentario de la ley 3053, de fecha 7 de agosto de .1904. .

Que en ese decreto se hizo Uistinción entre los arrendatarios y los simples ocupantes, bastando á los primeros su carácter de - tales arrendatarios ál.tiempo de la sanción de la ley, 27 de " - diciembre de 1893.

» , Que 4 mérito de las consideraciones que preceden debe re conocerse á don Domingo Compan, (hoy, su sucesión) el de recho de compra del terreno que había arrendado en las con diciones de la ley citada número 3053. , - Que atenta la naturaleza de las cuestiones de hecho y de de recho controvertidas en la causa, hay mérito para exonerar .

Do á la Nación de las condenaciones en costas que lé han sido .. impuestas en las diversas instancias del presente juicio.

— Por estos fundamentos y los concordantes de la sentencia Mi de foja 63, se la confirma en lo principal, revocándose res pecto Ú la condenación en costas, las que serán satisfechas ¡ en |el órden causado. . , Notifíquese rorigmnal y devuélvanse, repomiéndose los sellos ante el inferior, - A. BErMeJO.—Ocravio BUNGE.

— — NICANOR G. DEL SOLAR.— . C. Moyano GacitÚA. - °

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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:427 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-109/pagina-427

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