É 1 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
a Estas brev:s consideraciones creo serún bastantes para que V. E. pueda resolver el recurso interpuesto, dejando asi eumplido lo ordenado por V. E, Dios guarde á V. E.
¡ Danie? Goytia.—Pedro T. Sun= chez.—Joaquin Carrillo.
DICTAMEN DEL SEÑOR PROCUBADON GENERAL
Bucuos Aires, Diciembre 5 de 1206.
Suprema Corte, El incidente de caracter procesal que motiva el presente recurso, por el cual el inferior ha confirmado la resolución E del Juez Federal de La Piata que manda devolver un escrito E presentado fuera del procedimiento legal que riye el caso o (artículo ti de la ley de expropiación núm. 189), sin que por ello se cierre el camino que deja abierto la ley citada, no puede motivar el recurso extraordinario que de hecho se trae ante V. E.
U Fuera de que, según la propia jurisprudencia, las simples | cuestiones de procedimientos que no causan gravamen irreCO parable vi rozan la competencia del fuero federal, como sucede en el caso, son incapaces de motivar el recurso mencio— mado, facil es constalar en el incidente de que se trata, la ausencia de las cuestiones constitucionales ó legules, asi como de las resoluciones definitivas, cuya concurrencia es necesaria al mismo objeto y bajo otros aspectos, según el texto de los artículos 16 y 15 de la ley 43 y su correlativo el artículo 6 de la ley 1055.
y De acuerdo con esto y lo expuesto por el Inferior, ereo que E E
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Año: 1906, CSJN Fallos: 106:14
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