las costas, no habiendo concurrido en el caso atenuante, ni ugravante alguna. y 2 Miendo la víctima del delito de violación menor de duce nños y no teniendo padres ó tutor, el delito puede denunciarse por el guardador de ella é incoarse por acusación fiscal. :
Cuso.—Lo explican las piezas siguientes:
SENTENCIA DEL JUEZ LETRADO
Chos Malál Julio 6 de 1904." Autos y Vistos:
Estas actuaciones por violación de la menor Elvira ú Chaves, contra Jusé Haedo, sin apudo ni sobrenombre, de diez y nueve años de edad, soltero, minero, chileno y domiciliado en Las Minas, segundo departamento del Territorio, de las que resulta:
Que á fs. 1 vta, y 2, Nicolás Gutiérrez denuncia el 14 de Diciembre del próximo pasado, que el mismo día como á In 1 p. m. le fué avisado por Pedro Chaves, desde la margen este del rio Neuque:, upuesta á aquella en que él vive, que le hacia decir la abuela dela menor Elvira Chaves, lnmada María Castillo, que la citada menor había sido violada por José Haedo, y que éste se disparaba hacia el «Latigo» de Junn Musso, paso del Neuquen pidiéndole lo comunique ú lu comisaría; que con este aviso se apersonó inmedintamente y dió cuenta del hecho al comisario; que Huedo ha sido peón suyo y que Chaves vive en la casa donde ha sido violada la menor, donde también ha vivido Huedo cerca de dos me ses, cuando era su peón; que nada mús sabe al respecto.
Que Gabriel González depone á fs. 2 vt. y 3 y dice que ú las diez a. m. del mismo día llegó ú la casa de Honorio
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Año: 1905, CSJN Fallos: 102:210
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