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ARTICULO 308 .-FORMA Y TRAMITE
ARTICULO 308 .-Las partes podrán hacer valer la transacción del derecho en litigio, con la presentación del convenio o suscripción ante el juez. Este se limitará a examinar la concurrencia de los requisitos exigidos por la ley para la validez de la transacción, y la homologará o no. En este último caso, continuarán los procedimientos del juicio.
Ver articulos: [ Art. 305 ] [ Art. 306 ] [ Art. 307 ] 308 [ Art. 309 ] [ Art. 310 ] [ Art. 311 ]
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 308 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- Fallos: Tomo 328 - Página 4638
- Fallos: Tomo 328 - Página 4639
- Fallos: Tomo 328 - Página 4953
- Fallos: Tomo 329 - Página 1071
- Fallos: Tomo 329 - Página 1192
- Fallos: Tomo 329 - Página 1203
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion >>
LIBRO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
- >>
TITULO V - MODOS ANORMALES DE TERMINACION DEL PROCESO
- >>
CAPITULO III - TRANSACCION
- >
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También puedes ver: Art.308 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ La Ley Bases que deroga las sanciones de la Ley de Empleo permite que el trabajador reclame su reparación integral
➥ Rechazaron ampliar la acusación fiscal admitiendo el recurso del imputado por abuso sexual
➥ Revocaron la decisión que reincorporaba al agente cesanteado por cometer actos de violencia sexual
➥ El máximo tribunal entrerriano dictó nueva sentencia en la causa que originó la Ley Micaela