ARTICULO 2025 Utilización de superficie mayor del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


    << Art Anterior || Art Siguiente >>
    ARTICULO 2025.- Utilización de superficie mayor. Si para la reconstrucción se utiliza una superficie mayor que la anterior, debe ser tomada del terreno del que la realiza y el nuevo muro, aunque construido por uno de los propietarios, es medianero hasta la altura del antiguo y en todo su espesor.

    Introduccion COMENTADA al Art. 2025 (con doctrina)


    2. Interpretación
    Cualquiera de los condóminos puede demoler y reconstruir el muro cuando necesite hacerlo más firme o de carga, pero debe respetar la altura y estabilidad que tení­a la pared anterior. Esta imposición es de toda lógica, pues de otro modo se perjudicarí­a al colindante pues se lo pondrí­a en la necesidad de tener que demoler la nueva pared levantada y construir otra en su lugar con las caracterí­sticas de la originaria.
    La demolición y posterior reconstrucción debe hacerse a costa de quien precisa de la nueva pared. Dicho condómino no está obligado a indemnizar a su vecino por las molestias que le ocasione la ejecución de los trabajos tendientes a la reconstrucción, siempre y cuando esta sea efectuada con la diligencia adecuada y según las reglas del arte (art. 2026 CCyC). Es natural la exigencia que se le impone al condómino que precisa demoler la pared existente como un modo de aminorar los inconvenientes que la obra ocasiona al condómino colindante.
    Tal como ocurrí­a en el CC (art. 2733 CC), se establece que si para la reconstrucción se utiliza una superficie mayor que la anterior, esta debe ser tomada del terreno del que la realiza y la nueva pared será medianera hasta la altura del anterior en todo su espesor.

    Introduccion COMENTADA al Art. 2025 (con doctrina)

    Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 2022 ] [ Art. 2023 ] [ Art. 2024 ] 2025 [ Art. 2026 ] [ Art. 2027 ] [ Art. 2028 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2025 del Código Civil y Comercial Argentina?

    Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
    LIBRO CUARTO
    - DERECHOS REALES
    >>
    TITULO IV
    - Condominio
    >>
    CAPITULO 5
    - Condominio con indivisión forzosa perdurable
    >

    SECCION 2ª
    - Condominio sobre muros, cercos y fosos
    >>



    << Art Anterior || Art Siguiente >>


    También puedes ver: Art.2025 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:

[ Art. 2022 ] [ Art. 2023 ] [ Art. 2024 ] 2025 [ Art. 2026 ] [ Art. 2027 ] [ Art. 2028 ]

    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...