ARTICULO 2024 Reconstrucción del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


    << Art Anterior || Art Siguiente >>
    ARTICULO 2024.- Reconstrucción. El condómino puede demoler el muro lindero cuando necesite hacerlo más firme, pero debe reconstruirlo con altura y estabilidad no menores que las del demolido. Si en la reconstrucción se prolonga el muro en altura o profundidad, se aplica lo dispuesto en el artí­culo 2022.

    Introduccion COMENTADA al Art. 2024 (con doctrina)


    Interpretacion COMENTADA al Art. 2024 (con jurisprudencia)

    Ver articulos: [ Art. 2021 ] [ Art. 2022 ] [ Art. 2023 ] 2024 [ Art. 2025 ] [ Art. 2026 ] [ Art. 2027 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2024 del Código Civil y Comercial Argentina?

    Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
    LIBRO CUARTO
    - DERECHOS REALES
    >>
    TITULO IV
    - Condominio
    >>
    CAPITULO 5
    - Condominio con indivisión forzosa perdurable
    >

    SECCION 2ª
    - Condominio sobre muros, cercos y fosos
    >>



    << Art Anterior || Art Siguiente >>


    También puedes ver: Art.2024 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:

[ Art. 2021 ] [ Art. 2022 ] [ Art. 2023 ] 2024 [ Art. 2025 ] [ Art. 2026 ] [ Art. 2027 ]

    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...