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ARTICULO 2383.- Derecho real de habitación del cónyuge supí¨rstite. El cónyuge supí¨rstite tiene derecho real de habitación vitalicio y gratuito de pleno derecho sobre el inmueble de propiedad del causante, que constituyó el último hogar conyugal, y que a la apertura de la sucesión no se encontraba en condominio con otras personas. Este derecho es inopo- nible a los acreedores del causante.
Fuentes y antecedentes: art. 3573 bis CC y art. 2336 del Proyecto de 1998.
Introduccion COMENTADA al Art. 2383 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 2383 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 2380 ] [ Art. 2381 ] [ Art. 2382 ] 2383 [ Art. 2384 ] [ Art. 2385 ] [ Art. 2386 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2383 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO QUINTO
- TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE
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TITULO VIII
- Partición
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CAPITULO 2
- Modos de hacer la partición
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También puedes ver: Art.2383 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual