- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 2097.- Deberes del administrador. El administrador tiene los siguientes deberes, sin perjuicio de los establecidos en los regímenes legales específicos:
a. conservar los establecimientos, sus unidades y los espacios y cosas de uso común, en condiciones adecuadas para facilitar a los usuarios el ejercicio de sus derechos; b. preservar la igualdad de derechos de los usuarios y respetar las prioridades temporales de las reservaciones; C. verificar las infracciones al reglamento de uso y aplicar las sanciones previstas; d. interponer los recursos administrativos y acciones judiciales que corresponden; e. llevar los libros de contabilidad conforme a derecho; f. confeccionar y ejecutar el presupuesto de recursos y gastos; g. cobrar a los usuarios las cuotas por gastos, fondos de reserva y todo otro cargo que corresponde; h. rendir cuentas al emprendedor y a los usuarios, conforme a liquidaciones de ingresos y gastos certificadas por contador público, excepto en el caso que se optara por aplicar el sistema de ajuste alzado relativo; i. entregar toda la documentación y los fondos existentes, al emprendedor o a quien éste indique, al cesar su función; j. comportarse tal como lo haría un buen administrador de acuerdo con los usos y prácticas del sector.
Introduccion COMENTADA al Art. 2097 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 2097 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 2094 ] [ Art. 2095 ] [ Art. 2096 ] 2097 [ Art. 2098 ] [ Art. 2099 ] [ Art. 2100 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2097 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
>>
TITULO VI
- Conjuntos inmobiliarios
>>
CAPITULO 2
- Tiempo compartido
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.2097 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion