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ARTICULO 17.-Derechos sobre el cuerpo humano Los derechos sobre el cuerpo humano o sus partes no tienen un valor comercial, sino afectivo, terapéutico, científico, humanitario o social y sólo pueden ser disponibles por su titular siempre que se respete alguno de esos valores y según lo dispongan las leyes especiales.
Introduccion COMENTADA al Art. 17 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 17 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 14 ] [ Art. 15 ] [ Art. 16 ] 17 [ Art. 18 ] [ Art. 19 ] [ Art. 20 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 17 del Código Civil y Comercial Argentina?
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- ANEXO 1
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TITULO PRELIMINAR
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CAPITULO 4
- Derechos y bienes
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También puedes ver: Art.17 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual