- En el seguro hecho por cuenta de tercero ha de constar si se obra en virtud de mandato o sin conocimiento del asegurado. En este segundo caso, el contrato es nulo, aun después de la ratificación del tercero, siempre que el asegurado o el autor del seguro no hayan pagado la prima o se hayan comprometido personalmente a pagarla (art. 512 del Cód. de Com. arg.).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual