Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina


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    El juzgado interviniente sostuvo que la amparista no acreditó el maltrato que sufrirían los equinos involucrados en los eventos de jineteada y doma gaucha realizados en el municipio pues se trata de una actividad cultural regulada con el fin de protegerlos lo que asimismo impide que sean considerados personas no humanas, es decir sujetos de derechos, en tanto el Código Civil y Comercial los somete al régimen de las cosas aunque con una especial protección pero sin la aptitud para ser titular de derechos y deberes.

    SENTENCIA
    Entre Ríos
    JUZGADO DE PAZ
    PARANA, ENTRE RÍOS
    27 de Septiembre de 2025
    Más Jurisprudencia Provincial...

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    Carátula: Asociación Civil Conciencia Animal. Asociación Ecoguay c/Municipalidad de Oro Verde s/Amparo

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