- Las proferidas de palabra; los insultos, las voces soeces o los vocablos con envenenada intención, dirigidos para deshonrar, ultrajar o menospreciar a otro.
En lo penal, las injurias verbales, por su menor vestigio, se penan más levemente que las injurias por escrito (v.e.v.).
En cuanto al procedimiento, presentada la querella, el juez instructor mandará convocar a juicio verbal al querellante, al querellado y a los testigos que puedan dar razón de los hechos; juicio que deberá celebrarse a los tres días de presentada la querella. Ante las pruebas ofrecidas, el juez resolverá acerca del procesamiento del querellado, con lo cual se dará por terminado el sumario. En este proceso no se admiten testigos de referencias (arts. 808 y ss. del la Ley de Enj. Crim. esp.).
Las injurias verbales vertidas a solas, de no ser confesadas, quedan impunes, por falta de prueba.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual