Definición de FIANZA DE ALQUILERES


    Suma de dinero, cantidad de valores públicos seguros u otra garantía que, por el importe de uno o más meses, según las legislaciones o convenios, se exige a los inquilinos, sobre todo en las capitales o poblaciones de importancia, además de la seguridad proveniente del pago anticipado, por lo general. En España, luego de 1939, esta fianza ha de constituirse obligatoriamente en los títulos del Instituto Nacional de la Vivienda.


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