Definición de FIANZA DE AGENTES DE CAMBIO YBOLSA


    Para asegurar el buen desempeño de sus funciones y para cubrir las posibles responsabilidades en que incurran dentro de sus delicadas tareas, expuestas a múltiples tentaciones y riesgos, los agentes de cambio y bolsa están obligados a prestar fianza en la cuantía y forma que establece el reglamento para el régimen o gobierno interior de la bolsa. Esta fianza puede ser constituida por el propio agente, de su peculio o patrimonio; en cuyo supuesto su naturaleza jurídica es la de un depósito de garantía que inmoviliza parte de los propios bienes, (v. AGENTE DE CAMBIO.)

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