Definición de DENUNCIA FALSA


    Imputación inexacta y malintencionada de un delita perseguible de oficio, hecha ante funcionario obligado a proceder contra el acusado. De no efectuarse ante funcionario administrativo o judicial que por razón de cargo deba proceder a su averiguación y castigo, se comete el delito de calumnia (v.e.v. y ACUSACIÓN FALSA).
    Contra el denunciante sólo se procede en virtud de sentencia o auto firmes de sobreseimiento del tribunal que haya conocido del delito imputado. Ahora bien, los jueces pueden ordenar que se proceda de oficio cuando de la causa principal resulten méritos bastantes para abrir el nuevo proceso (art. 325 del Cód. Pen. esp.).
    La jurisprudencia establece que no cabe proceder cuando sólo se aventuran sospechas o hipótesis. Ha de existir una imputación concreta y determinada, y contra persona igualmente definida. Requiere conciencia de falsedad en el denunciante y ánimo de perjudicar al acusado. Por ello se descarta la comisión por imprudencia; y el error excluye también esta figura.


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