- Injuria, baldón, afrenta o grave insulto de palabra o por escrito. Como sevicia moral, y en la esfera privada, puede constituir causa de divorcio, valorada según la educación de los cónyuges. Como daño moral es indemnizable allí donde la legislación admite tal resarcimiento directa o indirectamente.
También ha significado esta palabra tanto como tacha u objeción.
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