Definición de CLAUSULA "EX QUAY "


    En español: "Del muelle...", de tal puerto. El vendedor debe tener listas las mercaderías en el muelle indicado y en la fecha señalada; paga los gastos y soporta los riesgos hasta ese momento, además de lo desembolsado por verificación (calidad, medidas, peso, número); y también suministra por su cuenta los documentos de origen para la exportación que precise el comprador. Por su parte, éste ha de hacerse cargo de las mercancías en la fecha y puntos determinados, y corre desde entonces con todos los gastos y riesgos.


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