Definición de APERTURA DE SUCESIÓN


    Momento a partir del cual se inicia la sucesión de una persona, que coincide con el instante de la muerte o declaración de fallecimiento del causante.
    Tan fundamental es este principio, que el Cód. Civ. esp., en el primer artículo que dedica a las sucesiones, dice para empezar: "Los derechos a la sucesión de una persona se transmiten desde el momento de SU muerte" (art. 657). (Y. DELACIÓN, .SUCESIÓN.)

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