- Dejación o desprendimiento que el dueño hace de las cosas que le pertenecen, desnudándose de todas las facultades sobre ellas, con voluntad de perder cuantas atribuciones le com petieran. | | Antítesis de la ocupación. En general significa la renuncia de un derecho o el incumplimiento de un deber. [I También, la dejación de nuestras cosas, por un acto voluntario o por disposición de la ley. | | Desamparo de una persona a quien se debía cuidar, de una cosa que nos pertenece. Desistimiento o renuncia de una acción entablada en justicia. Descuido o negligencia. Desaseo, suciedad.
Sobre el abandono tratan los códigos penales, civiles, mercantiles, de justicia militar, de procedimientos, etc., en acepciones especiales recogidas en las voces que siguen, (v. COSA NULLIUS, DESISTIMIENTO, NEGLIGENCIA, PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA, RENUNCIA.) (3.737, 3.761, 3.782, 4.029, 4.869, 5.325, 5.716, 5.867.)
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales