FERNÁNDEZ, NÉSTOR FABIÁN c/ EN - M JUSTICIA y
DDHH - SPF s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.
DEPOSITO PREVIO
La presentación de la constancia de requerimiento de la previsión presupuestaria acompañada, de forma digital, no es idónea a los fines pretendidos por el peticionario, pues no se acogió a los términos de la acordada 47/91, en la oportunidad establecida en el art. 2 de ese precepto; por lo cual por no haberse efectuado en término el depósito previsto en el art.
286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , luego de la intimación cursada, corresponde aplicar el apercibimiento allí dispuesto.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de febrero de 2021.
Autos y Vistos; Considerando:
Que por no haberse efectuado en término el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , luego de la intimación de fs. 26, corresponde aplicar el apercibimiento allí dispuesto.
Que la presentación de la constancia de requerimiento de la previsión presupuestaria acompañada, de forma digital, con fecha 31 de julio d 2020, no es idónea a los fines pretendidos por el peticionario, pues no se acogió a los términos de la acordada 47/91, en la oportunidad establecida en el artículo 2° de ese precepto.
Por ello, se desestima la queja. Notifíquese y, oportunamente, archívese.
Juan CARLOS MAQUEDA —- RICARDO Luis LORENZETTI - HORACIO ROSATTI.
Recurso de queja interpuesto por el Estado Nacional - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Servicio Penitenciario Federal, demandado en autos, representado por la Dra. Marisa Giammarinaro.
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Año: 2021, CSJN Fallos: 344:4
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