tió los fundamentos y conclusiones de este Ministerio Público Fiscal, que sostuvo que los cargos específicos creados por el decreto 1216/06 constituían un componente de la tarifa del servicio de gas y que, por consiguiente, su determinación no se encontraba sujeta al principio de legalidad en materia tributaria. Del mismo modo, del marco normativo precedentemente expuesto, se sigue que el cargo creado por el decreto 2067/08 constituye un componente de la tarifa del servicio de gas, en tanto fue creado para satisfacer el abastecimiento interno de gas natural.
En virtud de los fundamentos allí expuestos, opino que corresponde revocar la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso extraordinario. Buenos Aires, 15 de mayo de 2014. I'ma Adriana García Netto.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014.
Vistos los autos: "Alliance One Tobacco Argentina S.A. c/ Estado Nacional — Poder Ejecutivo Nacional s/ ordinario".
Considerando:
1") Que la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, al rechazar el recurso de apelación deducido por la demandada, confirmó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción promovida por Alliance One Tobacco Argentina S.A. en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y, en consecuencia, declarado la inconstitucionalidad del decreto nacional 2067/08, de la resolución ministerial 1451/08, de la resolución del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) 563/08 y de toda otra normativa por la cual se reglamentó el cargo tarifario establecido en el mencionado decreto.
Para decidir de tal modo, la cámara sostuvo que dicho cargo —previsto en el art. 2° del decreto—, era en realidad un tributo creado sin sustento legal, por lo que vulneraba claramente el principio de legalidad que rige en la materia. Contra tal pronunciamiento, el Estado Nacional interpuso el recurso extraordinario que fue concedido.
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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1398
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