Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 324:2862 de la CSJN Argentina - Año: 2001

Anterior ... | Siguiente ...

el Estado Nacional demanda a una provincia, por lo que la única forma de conciliar lo preceptuado por el art. 117 de la Constitución Nacional respecto de las provincias, con la prerrogativa jurisdiccional que le asistea la Nación —0a una entidad nacional— al fuerofederal, sobre la base de lo dispuesto en el art. 116 de la Ley Fundamental, es sustanciando la acción en esta instancia (doctrina de Fallos: 305:441 ; 308:2054 ; 311:489 y 2725; 312:389 y 1875; 313:98 y 551, entreotros).

En consecuencia, opino que este proceso debe tramitar, en instancia originaria, antelos estrados del Tribunal. Buenos Aires, 29 demarzo de 2001. María Graciela Reiriz.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 18 de septiembre de 2001.

Autos y Vistos; Considerando:

1) Que a fs. 4/35 el Estado Nacional — Ministerio de Economía — Secretaría de Energía y Minería, en su carácter de propietario de las acciones dase B de Electricidad de Misiones Sociedad Anónima E.M.S.A.), inicia demanda de nulidad einconstitucionalidad respecto delos decretos del Poder Ejecutivo dela Provincia de Misiones 1233/97 y 649/00; asimismo pide que se declare la nulidad de la decisión asambl earia del acta 50 que votó desfavorablemente, la que viene a impugnar judicialmente conforme a lodispuesto en el art. 251 dela ley 19.550, y en el 1047 del Código Civil.

Cuestiona la primera de las mencionadas normas, en cuanto dispone la incorporación al patrimonio del Estado local de los bienes detallados en su anexo |, correspondientes al Aprovechamiento Hidroeléctrico del Arroyo Urugua-í, einstruyea E.M.S.A. para que "efectúe las depuraciones patrimoniales y contables...tendientes a dar de baja los activos transferidos al Estado Provincial, así como, a los respectiVos pasivos que fueron asumidos por el Estado Nacional, conforme con el Anexo! del Convenio Nación-Provincia del 13 de septiembre de 1993 y nota 1811/96 de la Subsecretaría de Normalización Patrimonial de la Nación dirigida a Electricidad de Misiones Sociedad Anónima el día 13 de diciembre de 1996".

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

123

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2001, CSJN Fallos: 324:2862 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-324/pagina-2862

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 324 Volumen: 2 en el número: 1038 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos