RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Contradicción.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que no hizo lugar a la de- manda por. indemnización de secuelas incapacitantes, fundada en la dogmática afirmación de que el art. 1113 del Código Civil era inapli cable al caso, lo que contradijo además, lo sostenido en otro de sus considerandos (Disidencia de los Dres. Carlos S. Fayt y Jorge Antonio Bacqué). .
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
I - : _ La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, revocó lo resuelto en primera instancia y rechazó la demanda que .
interpusiera el actor con fundamento en las normas de los arts. 1113 del Código Civil y 75 del Régimen de Contrato de Trabajo (texto ordenado, decreto 390/76), procurando se le indemnizase por las se cuelas incapacitantes que adujo padecer como resultado de las en- .
fermedades que sufre, y que vinculó con 'la tarea desarrollada por la demandada. . . .
Fundó su decisión en que, en la medida que el daño está determinado, aunque sea parcialmente, por la tarea cumplida, el caso estará amparado en el régimen especial de la ley 9688, pero' esa sola circunstancia no es suficiente para encuadrarlo en la precisión ' del art. 1113 del Códigó Civil. Y, por otra parte, base a lo informado por el ingeniero industrial, consideró que, la accionada cumplimentó las medidas necesarias para tutelar la integridad psico- .
física del trabajador. - .
Contra tal pronunciamiento, dedujo la parte actora recurso ex- - | traordinario, cuya" denegatoria motiva la presente queja.
Sostiene el recurrente que se ha probado la existencia del daño y se ha individualizado la "cosa" y acreditado su carácter agresivo, y
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1826
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