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Art. 557 .- -Cuando lo embargado fuese dinero, una vez firme la sentencia o dada la fianza a que se refiere el art. 553, el acreedor practicará liquidación del capital, intereses y costas, de la que se dará vista al ejecutado. Aprobada la liquidación, se hará pago inmediato al acreedor del importe que de ella resultare.
CONCORDANCIAS: CPN. art 561; Cat., art. 561; Chaco, art. 537. Chubut. art. 561. Corr.. art 439, ERíos. art 545: Form.. art 556; Jujuy. art. 492: LPampa, art 533; LRioja art 296; Mend., art. 247; Mis., art 561: Neuq.. art. 561: RNegro. art 561; Salta. art 569;' SJuan, arts. 544 y 546; SLuis. art 559; SCruz. art. 541; SdelEstero. art. 554; TdelFuego. art. 497: Tuc. art. 544.
§ 1. Embargos de sumas de dinero. Cuando se embarga una suma de dinero (p ej. lo depositado por el deudor en una cuenta corriente hancaria). corresponde ordenar la transferencia de fondos a la orden del juez como perteneciente al expediente. Seguidamente, si la sentencia se encuentra firme, el acreedor practicará liquidación del capital, intereses y costas, de la que se dará traslado al ejecutado por cédula (art. 135, inc. 8) por cinco días. No impugnada, y si se adecúa a las constancias de autos, se aprobará judicialmente haciéndose pago inmediato al acreedor ejecutante.
Ver articulos: [ Art. 554 ] [ Art. 555 ] [ Art. 556 ] 557 [ Art. 558 ] [ Art. 559 ] [ Art. 560 ]
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 557 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- Fallos: Tomo 329 - Página 6271
- Fallos: Tomo 330 - Página 3785
- Fallos: Tomo 329 - Página 5951
- Fallos: Tomo 329 - Página 5961
- Fallos: Tomo 329 - Página 5963
Codigo Procesal Civil Bs As Comentado >>
Libro III
- Procesos De Ejecución
>>
TÍTULO II
- Juicio Ejecutivo
>>
CAPÍTULO III
- Cumplimiento De La Sentencia De Remate
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También puedes ver: Art.557 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda