ARTICULO 3843 del C.C. Velez Argentina


    << Art Anterior || Art Siguiente >>
    ARTICULO 3843 .- La revocación por causa de ingratitud no puede tener lugar sino en los casos siguientes:1º. Si el legatario ha intentado la muerte del testador.2º. Si ha ejercido sevicia, o cometido delito o injurias graves contra el testador después de otorgado el testamento;3º. Si ha hecho una injuria grave a su memoria.


    Nota:3843. AUBRY y RAU, § 727.

    TITULO XX

    De los albaceas

    Ver articulos: [ Art. 3840 ] [ Art. 3841 ] [ Art. 3842 ] 3843 [ Art. 3844 ] [ Art. 3845 ] [ Art. 3846 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3843 con el Código Civil de Velez?

    Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
    LIBRO IV
    - DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
    >>
    TITULO XIX
    - De la revocación de los testamentos y legados
    >>
    SECCION PRIMERA
    - DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
    >>



    << Art Anterior || Art Siguiente >>


    También puedes ver: Art.3843 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:

[ Art. 3840 ] [ Art. 3841 ] [ Art. 3842 ] 3843 [ Art. 3844 ] [ Art. 3845 ] [ Art. 3846 ]

    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...