ARTICULO 3388 del C.C. Velez Argentina


    << Art Anterior || Art Siguiente >>
    ARTICULO 3388 .- El heredero beneficiario tiene la libre administración de los bienes de la sucesión, y puede emplear sus rentas y productos como lo crea más conveniente.


    Nota:3388. DEMOLOMBE, t. 15, núm. 258.

    Ver articulos: [ Art. 3385 ] [ Art. 3386 ] [ Art. 3387 ] 3388 [ Art. 3389 ] [ Art. 3390 ] [ Art. 3391 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3388 con el Código Civil de Velez?

    Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
    LIBRO IV
    - DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
    >>
    TITULO III
    - De la aceptación de la herencia con beneficio de inventario
    >>
    CAPITULO II
    - De la administración de los bienes de la herencia
    >

    SECCION PRIMERA
    - DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
    >>



    << Art Anterior || Art Siguiente >>


    También puedes ver: Art.3388 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:

[ Art. 3385 ] [ Art. 3386 ] [ Art. 3387 ] 3388 [ Art. 3389 ] [ Art. 3390 ] [ Art. 3391 ]

    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...