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ARTICULO 3388 .- El heredero beneficiario tiene la libre administración de los bienes de la sucesión, y puede emplear sus rentas y productos como lo crea más conveniente.
Nota:3388. DEMOLOMBE, t. 15, núm. 258.
Ver articulos: [ Art. 3385 ] [ Art. 3386 ] [ Art. 3387 ] 3388 [ Art. 3389 ] [ Art. 3390 ] [ Art. 3391 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3388 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
TITULO III
- De la aceptación de la herencia con beneficio de inventario
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CAPITULO II
- De la administración de los bienes de la herencia
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SECCION PRIMERA
- DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
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También puedes ver: Art.3388 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion