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ARTICULO 3359 .- El sucesor universal no puede aceptar la herencia con beneficio de inventario, cuando ha hecho acto de heredero puro y simple.
Nota:3359. CHABOT, sobre el art. 800. Habiendo consumado la opción que le estuvo deferida de aceptar pura y simplemente, o con beneficio de inventario, no puede volver contra la especie de aceptación por la cual se ha determinado. Si ha vendido bienes de la sucesión sin las formalidades indispensables, queda privado del beneficio de inventario. VAZEILLE, art. 801.
Ver articulos: [ Art. 3356 ] [ Art. 3357 ] [ Art. 3358 ] 3359 [ Art. 3360 ] [ Art. 3361 ] [ Art. 3362 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3359 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
TITULO III
- De la aceptación de la herencia con beneficio de inventario
>>
SECCION PRIMERA
- DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
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También puedes ver: Art.3359 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion